viernes, 27 de septiembre de 2013

MISIÓN SUCRE UBV PROYECTO

TRIBUNALES DE MUNICIPIO
TRIBUNALES DE MUNICIPIO NUEVA COMPETENCIA Se modifican a nivel nacional, las competencias de los Juzgados para conocer de los asuntos en materia Civil, Mercantil y Tránsito, de la siguiente manera: a) Los Juzgados de Municipio, conocerán en primera instancia de los asuntos contenciosos cuya cuantía no exceda de tres mil unidades tributarias (3.000 UT). b) Los Juzgados de Primera Instancia, conocerán en primera instancia de los asuntos contenciosos cuya cuantía exceda las tres mil unidades tributarias (3.000 UT). A los efectos de la determinación de la competencia por la cuantía, en todos los asuntos contenciosos cuyo valor sea apreciable en dinero, conste o no el valor de la demanda, los justiciables deberán expresar, además de las sumas en bolívares conforme al Código de procedimiento Civil y demás leyes que regulen la materia, su equivalente en unidades tributarias (U.T.) al momento de la interposición del asunto. c) Se tramitarán por el Procedimiento Breve las causas a que se refiere el artículo 881 del Código de Procedimiento Civil, y cualquier otra que se someta a este procedimiento, cuya cuantía no exceda de mil quinientas unidades tributarias (U.T.); asimismo, las cuantías que aparecen en los artículos 882 y 891 del mismo Código de Procedimiento Civil, respecto al procedimiento breve, expresadas en bolívares, se fijan en quinientas unidades tributarias (500 U.T.). d) Los Juzgados de Municipio conocerán de forma exclusiva y excluyente de todos los asuntos de jurisdicción voluntaria o no contenciosa en materia civil, mercantil, familia sin que participen niños, niñas o adolescentes, según las reglas ordinarias de la competencia por el territorio, y en cualquier otro de semejante naturaleza. En consecuencia, quedan sin efecto las competencias designadas por textos normativos preconstitucionales. e) Quedando incólume las competencias que en materia de violencia contra la mujer tienen atribuida. Nota: Las modificaciones aquí establecidas surtirán sus efectos a partir de su entrada en vigencia y no afectará el conocimiento ni el trámite de los asuntos en curso, sino tan sólo en los asuntos nuevos que se presenten con posterioridad a su entrada en vigencia, juicios iniciados posterior a la publicación de la referida Resolución en Gaceta Oficial Nº 39.153 de fecha 2 de abril de 2009 En consecuencia corresponde a los Juzgados de Municipio la competencia para conocer en primera instancia de asuntos contenciosos que no excedan de tres mil unidades tributarias (3.000 U.T.); y de manera exclusiva y excluyente de todos los asuntos de la jurisdicción voluntaria y no contenciosa en materia civil, mercantil y familia donde no intervengan niños, niñas y adolescentes; todo ello, según las reglas ordinarias sobre la competencia sobre el territorio. f) Consecuencia de lo antes expuesto, es que las Apelaciones que se propongan contra las decisiones dictadas por los Juzgados de Municipio, cuando actúen como jueces de primera instancia, deben ser conocidas por los mismos tribunales que conocerían las proferidas por los jueces de primera instancia, esto es, los Juzgados Superiores con competencia en lo Civil en la Circunscripción Judicial, a la que pertenece el Juzgado de Municipio

ENTREGA DE VIDEOBEAM Y COMPUTADORAS A LA MISION SUCRE

ENTREGA DE EQUIPOS PARA REFORZAR LOS PROGRAMAS O PFG Fundación Misión Sucre dotó con equipos tecnológicos aldeas universitarias del estado Zulia Prensa Misión Sucre (23/09/2013) En el marco del arribo a su décimo aniversario, la Fundación Misión Sucre, entregó un total de 80 equipos tecnológicos en el estado Zulia que comprenden computadoras y video beam
a las Aldeas universitarias que conforma la región. La actividad encabezada por la coordinadora estadal de la Misión Sucre en Zulia, Lisbeth Olivera, señaló sentirse satisfecha por el apoyo recibido por parte de la Fundación Misión Sucre por el aporte significativo “que va a facilitar y a maximizar la loable labor que vienen realizando los coordinadores de Aldeas”. Iniciativa planteada hace tres años en el proyecto cee y reglamento interno.